Abgeschickt von rolf am 26 Januar, 2006 um 14:25:20
According to Ambito, a NY judge ordered the attachment of US$105 million of
Argentine central bank reserves, part of the nearly US$10 billion Central Bank
payment made to the IMF earlier this year. (The ruling may be affecting more
than the reported US$105 million). According to the story, Dart and Elliot, the
claimants, presented their case on Dec. 30 before Judge Jones (replacing Judge
Griesa), who ruled in Argentina's favor. However, the claimants appealed the
decision, and the attachment was upheld on appeal.
The government claims that the reserves belong to the Central Bank, and it's not
the Central Bank, but the government that should be liable for the default.
However, Elliot and Dart lawyers argue that in the presidential decree of Dec
15, the government made US$9 billion in Central Bank reserves available to pay
the IMF, thereby transfering Central Bank assets to the govt.
We are not experts on these lawyerly matters, but we are inclined to think that
the judge will, in the end, uphold the original decision (and deny the
claimants' appeal). In our opinion, the government seems to have a stronger
case. The presidential decree didn't transfer to its name the assets the Central
Bank has abroad, making the claimants' argument weak, in our unlawyerly view.
The government also has the original ruling in its favor. Below is Ambito story
in Spanish.
Trascendió ayer que dos fondos buitre lograron una decisión de embargo de u$s
105 millones pertenecientes al Banco Central de la República Argentina, en el
marco de las presentaciones judiciales efectuadas en Nueva York por el default
del país que aún continúa. Los demandantes son EM Limited (perteneciente a la
familia Dart) y el NML Capital (del fondo Elliot) los que apuntaron a bloquear
las transferencias que estaba realizando la entidad que dirige Martín Redrado en
el marco de la cancelación total de la deuda al FMI.
La presentación de los fondos buitre fue aceptada el 30 de diciembre (el pago al
organismo internacional igual se concretó el 3 de enero) por el juez Jones -está
en reemplazo de Thomas Griesa en los tribunales del Distrito Sur de Nueva York-
pero luego hubo un fallo a favor de la Argentina. El jueves 12 del corriente los
fondos buitre presentaron una apelación a la Cámara, y por lo tanto esos u$s 105
millones del Banco Central (el monto en realidad podría ser mayor) siguieron
embargados.
Todo el proceso hizo recordar a lo sucedido también en Nueva York una vez que se
concretó el canje de la deuda en marzo y los fondos buitre lograron detener la
entrega de los nuevos bonos a quienes aceptaron la oferta dado que estaban
embargados los viejos papeles en default. La situación entonces fue definida por
la Cámara de Apelaciones a favor del país pero complicó el cierre final de la
reestructuración de la deuda.
* Audiencia
El 6 de enero pasado hubo una audiencia telefónica en la que participaron los
abogados de los acreedores y por el gobierno argentino Jonathan Blackman,
Carmine Boccuzzi y Michael Byars pertenecientes al estudio Cleary, Gottlieb,
Steen and Hamiltion. El Banco Central estuvo representado por Joseph Neuhaus del
estudio Sullivan and Cromwell.
Paralelamente también el pago al FMI tuvo efectos en Alemania. La defensa
argentina allí esgrimía como justificación del no pago a la emergencia económica
que vive el país. El giro al organismo internacional gatilló pedidos para que se
activen los juicios algo que ahora está en la Corte Suprema de ese país.
Ambito Financiero accedió a la transcripción de la conferencia telefónica arriba
mencionada en la que se detalla la situación planteada. Estos fueron los
argumentos esgrimidos en ese momento:
* El 15 de diciembre el Presidente de la Argentina por decreto ejecutivo,
dispuso de u$s 9.000 millones que pertenecían al Banco Central para el pago de
la deuda al FMI. De esta manera cambió lo que eran activos o reservas del BCRA
en activos de la Argentina para ser utilizados con un propósito comercial que es
el repago de una deuda. Estos activos nosotros creíamos que estaban o bien en la
Reserva Federal de Nueva York o bien en alguno de los bancos corresponsales del
Banco Central. Creemos que porque esos activos eran ahora propiedad de la
Argentina en Nueva York, y para ser usados para una actividad comercial, estaban
disponibles para embargo (Robert Cohen del NML Capital).
* Cerca de u$s 105 millones en la Reserva Federal fueron embargados y muchos
millones más. No sabemos exactamente cuánto en tránsito a través de bancos
corresponsales. Es completamente erróneo lo que se dice de que esos fondos han
pasado a ser del Estado argentino para el uso que describe. El decreto en
cuestión no cambió los derechos de propiedad de las reservas las cuales son y
serán de la propiedad del Banco Central. Lo que dice el decreto es que las
reservas superiores del Banco Central pueden ser utilizadas a un solo propósito
que es pagar a organismos internacionales. Es una función histórica del Banco
Central la de pagar a organismos. Es intermediario entre el gobierno y el FMI.
Estos fondos están siendo utilizados para funciones clásicas del Banco
Central.... Han construido esta teoría de la apropiación cuando nada ha pasado a
las reservas. Son aún reservas del Banco Central y clásicamente sujetas a la
excepción de no ser embargadas. (Joseph Neuhaus por el BCRA)
* La ley (aprobada por el Congreso en base al decreto presidencial) tuvo un solo
propósito que es el de dar más flexibilidad al uso de las reservas del Banco
Central para pagar deudas que tiene reflejadas en sus balances. El gobierno, en
lugar de reembolsarle al Central, lo que le dio fue una obligación de pago que
devenga intereses. Las reservas no pueden ser embargadas (Jonathan Blackman por
el gobierno).
* En mi concepto rudimentario de la ley de propiedad, si los fondos pertenecían
al Banco Central, el Central pagó al FMI y sería un acreedor y la República
Argentina deudor de dinero del Central. No concibo entonces que (el pago al FMI)
sea posesión de la República (Tribunal).
* En el decreto y la ley aprobada se transfirió la propiedad de esta categoría
de reservas en exceso de aquellas necesarias para soportar la base monetaria de
la Argentina, de manera que pueda pagar sus obligaciones al FMI. Concedo que los
temas tratados sean complejos pero creo que a medida que la Corte se sumerja en
la evidencia quedará claro que esto es lo que ha sucedido. Hubo negociaciones
entre el Banco Central y la República Argentina acerca de cómo iba a
contabilizar esto en sus libros quizá porque había preocupación de esto que
estaba pasando. Le dieron un título al Central en compensación pero no estaban
obligados a hacerlo (Dennis Hranitzky de EM Limited).
* No hay nada en el decretoejecutivo que hable de transferencia de propiedad. Es
una autorización para usar libremente reservas disponibles para pagarle al FMI,
que es lo que sucedió. Y el dinero que se embargó en Nueva York además no estaba
destinado a ese fin (J. Blackman).